Reforma a la Ley Infonavit

Reforma a la Ley Infonavit

La legislación laboral en México está en constante evolución, por ello, el Capítulo Noreste de AMCHAM organizó una sesión conjunta entre el Comité de Capital Humano y Asuntos Laborales y el Comité de Legalidad y Estado de Derecho, enfocada en la reciente reforma al artículo 29 de la Ley Federal del Trabajo. La modificación, que redefine las obligaciones de los empleadores ante situaciones de emergencia, fue analizada por especialistas en derecho laboral y representantes empresariales, quienes exploraron su contexto, implicaciones legales y operativas.

La reciente reforma al artículo 29 de la Ley Federal del Trabajo, publicada el 21 de febrero de 2025, ha puesto sobre la mesa nuevos retos y oportunidades que invitan a una revisión cuidadosa desde el ámbito operativo y jurídico. Esta modificación, orientada a establecer lineamientos claros sobre el pago de salarios durante la suspensión de labores por contingencias sanitarias o ambientales, busca ofrecer certeza jurídica tanto a trabajadores como a empleadores. Sin embargo, como lo señaló Francisco García, Abogado de Holland & Knight, su redacción aún presenta áreas grises que podrían derivar en interpretaciones distintas en procesos legales.

Más allá del texto puntual de la reforma, esta disposición se suma a una serie de transformaciones en la legislación laboral que han redefinido el marco normativo en los últimos años: desde la regulación de la subcontratación y el nuevo esquema de reparto de utilidades, hasta la implementación de vacaciones dignas. En este nuevo escenario, destaca una obligación relevante para las empresas: mantener el pago de aportaciones al Infonavit durante incapacidades temporales del trabajador, ya sea por enfermedad, accidente u otras causas. Esto representa un nuevo frente en términos de cumplimiento y costos laborales.

Desde la perspectiva del sector empresarial, Iveth Porras, Directora Jurídica de CYDSA, subrayó la importancia de contar con protocolos internos alineados al nuevo marco regulatorio. La incertidumbre, comentó, puede dificultar la toma de decisiones oportunas en contextos de emergencia, especialmente cuando no existen lineamientos claros o criterios homogéneos.

Por su parte, Ghandi Castro, Jefe de Nóminas de Grupo Prolamsa, enfatizó la necesidad de encontrar un equilibrio entre la protección de los derechos laborales y la operatividad de las empresas, particularmente en sectores productivos que no pueden detener actividades de forma inmediata. Asimismo, destacó la relevancia de involucrar al sector privado en los procesos legislativos, para aportar una perspectiva práctica que complemente la visión normativa.

Finalmente, Hugo Gutiérrez Flores, Socio de Garrigues, abordó los aspectos jurídicos de la reforma, como la definición de contingencia, los mecanismos para documentar suspensiones laborales, y los recientes cambios al Infonavit, incluyendo la creación de una entidad filial con autonomía de gestión. Aunque este nuevo órgano no será paraestatal, sí contará con funciones amplias en materia de vivienda.

La sesión concluyó con un consenso general sobre la importancia de la reforma, pero también con un llamado claro a revisar y clarificar sus elementos más ambiguos, para asegurar su correcta implementación sin imponer cargas desproporcionadas a las empresas.

AMERICAN CHAMBER/MEXICO
Monterrey | (15 | abril | 2025)

New Classification of Drug Cartels: Implications and Risks for  Companies Doing Business in México

New Classification of Drug Cartels: Implications and Risks for Companies Doing Business in México

En respuesta a la creciente preocupación por el impacto de la Orden Ejecutiva 14157, emitida por el gobierno de los Estados Unidos, el Comité de Legalidad y Estado de Derecho de AMCHAM organizó una sesión para analizar las consecuencias legales, financieras y operativas de esta medida. La orden, que designa a ciertos cárteles mexicanos como Organizaciones Terroristas Extranjeras (FTO) y Terroristas Globales Especialmente Designados (SDGT), representa un cambio significativo en la estrategia de Estados Unidos para combatir el crimen organizado transnacional, con repercusiones directas para las empresas que operan en México. 

Antecedentes y Alcance de la Orden Ejecutiva 14157  

La Orden Ejecutiva 14157, firmada el pasado 20 de febrero, marca un hito en la política de seguridad nacional de Estados Unidos al incluir a organizaciones criminales mexicanas en la lista de FTO y SDGT. Esta designación no solo refuerza las capacidades legales y financieras del gobierno estadounidense para perseguir a estos grupos, sino que también amplía el alcance de las sanciones a cualquier entidad o individuo que, directa o indirectamente, proporcione “apoyo material” a estas organizaciones. Cabe destacar que, aunque la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) ya incluía a estos grupos en sus listas de sanciones, la nueva designación como FTO introduce consecuencias más severas, incluyendo la posibilidad de acciones penales extraterritoriales y demandas civiles por parte de víctimas estadounidenses.  

Riesgos para Empresas que Operan en México 

Las implicaciones de esta orden son profundas y multifacéticas, afectando particularmente a empresas con operaciones en zonas donde estos cárteles tienen presencia. Uno de los riesgos más inmediatos es la posibilidad de ser investigadas o sancionadas por proporcionar “apoyo material” a organizaciones designadas como FTO. Este término, definido de manera amplia por el Departamento de Justicia de EE.UU., puede abarcar desde pagos por extorsión hasta contratos con proveedores vinculados indirectamente a estos grupos. Por ejemplo, empresas que operan en regiones controladas por cárteles podrían enfrentar escrutinio si sus pagos por seguridad o logística son percibidos como beneficios para estas organizaciones.  

Además de las sanciones penales, las empresas también enfrentan riesgos civiles significativos. Bajo el estatuto de “asistencia sustancial”, familiares de víctimas afectadas por actos terroristas vinculados a estos cárteles pueden presentar demandas en cortes estadounidenses, buscando indemnizaciones que podrían triplicar el monto de los daños calculados. Aunque probar estos casos requiere evidencia sólida, el precedente del caso Chiquita Banana demuestra que las consecuencias pueden ser graves para las empresas involucradas. 

En el ámbito local, las empresas deben considerar las implicaciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA) de México, que penaliza conductas como el soborno, el lavado de dinero y la colusión. La designación de cárteles como FTO podría intensificar la colaboración entre las autoridades mexicanas y estadounidenses, aumentando el número de investigaciones conjuntas y extradiciones.  

Estrategias para Mitigar Riesgos  

Frente a este escenario complejo, los expertos destacaron la importancia de implementar programas de cumplimiento robustos y adaptados a los riesgos específicos de cada empresa. Estos programas deben incluir, como mínimo, evaluaciones de due diligence para identificar posibles vínculos con organizaciones sancionadas, capacitación continua para empleados y directivos, y auditorías periódicas para detectar prácticas riesgosas.  

Un aspecto crítico es la adopción de herramientas tecnológicas para monitorear transacciones y relaciones comerciales. Software especializado puede ayudar a las empresas a comparar sus bases de datos con listas de sanciones internacionales (SDN, SSI, FSE, CAPTA, NS-MBS, NS-CMIC, NS-PLC, ONU, OFSI o Uk proscribed terrorist groups), identificando potenciales riesgos antes de que escalen. Además, las empresas deben establecer protocolos claros para responder a investigaciones, incluyendo la cooperación proactiva con autoridades y la documentación exhaustiva de todas las medidas de cumplimiento implementadas.  

La Orden Ejecutiva 14157 redefine el panorama de riesgo para las empresas en México, exigiendo una combinación de vigilancia proactiva y adaptabilidad estratégica. Aquellas organizaciones que prioricen el cumplimiento normativo y la transparencia no solo mitigarán sus riesgos legales y financieros, sino que también fortalecerán su reputación y resiliencia operativa en un entorno cada vez más complejo.  

El Comité de Legalidad y Estado de Derecho continuará trabajando en un memorándum ejecutivo que detallará recomendaciones específicas para navegar estos desafíos.

AMERICAN CHAMBER/MEXICO
Ciudad de México | 09 | abril | 2025

Panorama Energético en México: Oportunidades y Desafíos

Panorama Energético en México: Oportunidades y Desafíos

El pasado 4 de febrero, la titular del Ejecutivo Federal presentó ante la Cámara de Senadores una iniciativa con un proyecto de Decreto que contempla la expedición de nuevas leyes secundarias para el sector energético, así como modificaciones a algunas leyes vigentes. En el presente panel, nos enfocamos exclusivamente en aquellas disposiciones que impactan directamente al sector eléctrico, dejando para una segunda sesión la discusión de las iniciativas restantes.

La sesión contó con la participación de expertos del sector, quienes analizaron los cambios propuestos y su impacto en el entorno energético nacional. Entre ellos, José María Lujambio, Socio en Cacheaux, Cavazos & Newton; Adalia Cantú, Chief Legal Officer en Regulus Energía; y Alfredo Villarreal, Socio en Sánchez DeVanny Eseverri, S.C.

Uno de los temas centrales de la discusión fue la no prevalencia de los particulares sobre el Estado dentro de los principios de la Planeación Vinculante del Sector Eléctrico. Se explicó que esta disposición busca asegurar la prioridad del Estado en actividades de generación y comercialización, alineándose con el marco constitucional vigente. Sin embargo, los panelistas destacaron que esta centralización podría generar incertidumbre para la inversión privada y afectar la competitividad del sector.

En cuanto al autoconsumo, se analizó la nueva regulación que establece la obligatoriedad de contar con un respaldo en momentos de baja generación. Se detalló que este respaldo podrá garantizarse mediante pagos a la CFE o mediante la instalación de sistemas de almacenamiento, lo que representa un reto para las empresas que operan bajo este esquema.

En relación al Mercado Eléctrico Mayorista, los expertos destacaron que, aunque continuará en funcionamiento, se implementarán restricciones clave. Entre estas, se contempla la reducción de incentivos para la participación privada y modificaciones en la asignación de contratos de suministro.

Además, se subrayó la importancia de los certificados de energías limpias (CELs) y otros productos clave como la demanda controlable y los derechos financieros de transmisión. Se anticipa que la nueva regulación podría reestructurar estos instrumentos, lo que podría generar incertidumbre entre los actores del sector.

En cuanto a la infraestructura de transmisión y distribución, se analizó la posibilidad de ajustar el acceso a las redes y la regulación del almacenamiento de energía. Estos cambios podrían ser determinantes en la planificación de proyectos a largo plazo, por lo que resulta esencial anticipar su impacto.

Por último, se discutió la creación de la nueva Comisión Nacional de Energía, que reemplazaría a la actual Comisión Reguladora de Energía (CRE). Aunque esta transición podría generar retos en términos de continuidad regulatoria y certidumbre jurídica para los proyectos en desarrollo, también representa una oportunidad para redefinir el marco normativo y fortalecer la gestión energética del país. 

El panel concluyó destacando la importancia de que los actores del sector se mantengan informados y preparados para estos cambios, adoptando estrategias que les permitan adaptarse al nuevo entorno regulatorio y garantizando la sostenibilidad de sus operaciones en un mercado en transformación.

AMERICAN CHAMBER/MEXICO
Capítulo Noreste | 4 | 03 | 2025

Reforma Judicial – A días del inicio de campañas: Posibles impactos en la forma de hacer negocios en México

Reforma Judicial – A días del inicio de campañas: Posibles impactos en la forma de hacer negocios en México

El Comité de Legalidad y Estado de Derecho del Capítulo Noreste, llevó a cabo una sesión para conocer los posibles impactos de la Reforma Judicial en la forma de hacer negocios en México. Los expertos analizaron los efectos potenciales, resaltando su impacto en el entorno empresarial dentro de un contexto político marcado por el inicio de las campañas. Además, presentaron posturas diversas, lo que enriqueció el diálogo y permitió una visión más amplia y equilibrada.


La Magistrada Rebeca del Carmen Gómez contextualizó los principales aspectos de la Reforma Judicial, destacando su coincidencia con el inicio del proceso electoral el 14 de octubre de 2024, en un entorno político especialmente dinámico. Explicó que los plazos establecidos en el artículo transitorio delinean un escenario complejo, con la selección de nuevos jueces prevista para septiembre de 2025 y la estabilidad de sus cargos establecida en un periodo de nueve años.

Ricardo Urzúa, Secretario del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, destacó que la reforma judicial busca agilizar los procedimientos, facilitando el acceso a la justicia, especialmente para sectores vulnerables y pequeñas empresas. También señaló que los cambios estructurales, como la rotación de jueces y los límites en la duración de sus cargos, fortalecerán la supervisión y la transparencia, reduciendo el riesgo de corrupción y generando mayor confianza en las instituciones judiciales.

Por su parte, la Magistrada Gómez advirtió que, aunque la reforma plantea una mayor accesibilidad, la eliminación de la carrera judicial podría debilitar la formación y experiencia de los jueces, afectando la calidad de la justicia y dificultando su acceso efectivo. Además, señaló que la incertidumbre generada por los cambios estructurales, especialmente la falta de claridad en el proceso de selección de jueces, podría afectar la percepción de confiabilidad en el sistema judicial. 

Se explicó que, aunque la reforma judicial se enfoca en el ámbito federal, los estados deberán ajustar sus normativas para alinearse con los nuevos lineamientos. En cuanto al proceso de selección de candidatos, Ricardo destacó su adecuación, resaltando la incorporación de criterios de mérito, mientras que la Magistrada señaló que aún persisten áreas grises que podrían dar lugar a discrecionalidad.

Sobre las garantías para que los nuevos jueces ejerzan su labor de forma independiente e imparcial, Ricardo subrayó que los límites de nueve años en los cargos proporcionan estabilidad sin comprometer la independencia. Sin embargo, la Magistrada expresó reservas sobre si las condiciones actuales aseguran plenamente dicha independencia, señalando que aún existen desafíos importantes por resolver.

La sesión concluyó con un consenso sobre la importancia de que las empresas se mantengan alertas a estos cambios normativos. Se destacó la necesidad de reforzar sus estrategias legales, explorar alternativas para la resolución de conflictos y adaptar sus procesos internos, asegurando así su competitividad en este entorno en constante transformación.

AMERICAN CHAMBER/MEXICO
Monterrey | 27 | enero | 2025

Diálogos sobre la Reforma Judicial: Análisis de la Iniciativa de Reforma Constitucional presentada por el Ejecutivo Federal

Diálogos sobre la Reforma Judicial: Análisis de la Iniciativa de Reforma Constitucional presentada por el Ejecutivo Federal

El Comité de Legalidad y Estado de Derecho de AMCHAM Ciudad de México llevó a cabo su segunda sesión de los Diálogos sobre la Reforma Judicial, donde Claudia Aguilar, Socia Directora y Fundadora de Aguilar Barroso Abogados, presentó un análisis de la Iniciativa de Reforma Constitucional al Poder Judicial propuesta por el Ejecutivo Federal. En dicha sesión, se destacó la importancia de realizar un análisis holístico, dado que esta no es la única reforma que plantea cambios estructurales en el país.

De las 17 reformas propuestas por el Ejecutivo Federal, 9 buscan elevar a rango constitucional diversos programas sociales sin alterar la estructura de gobernanza. Sin embargo, las 5 reformas restantes plantean cambios estructurales significativos. Una de estas es la Iniciativa de Reforma al Poder Judicial, la cual se enfoca en cinco ejes principales:

  1. Elección popular de jueces, magistrados y ministros: Tanto a nivel federal como estatal, lo cual representa un cambio radical en el sistema de selección de estos funcionarios.
  2. Cambios estructurales en el poder judicial: La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pasaría a estar compuesta por 9 ministros y funcionaría únicamente en pleno. Además, se propone la desaparición del Consejo de la Judicatura Federal, sustituyéndolo por dos nuevos órganos, el Tribunal de Disciplina Judicial y el de Administración Judicial.
  3. Recursos públicos y fideicomisos: La iniciativa propone la eliminación de fideicomisos del Poder Judicial Federal, así como el haber de retiro (pensión) y limita de las remuneraciones, que no podrían exceder las del presidente.
  4. Modificaciones en la impartición de justicia: Se establecen plazos máximos para la resolución de sentencias y se prohíbe conceder suspensiones en amparos contra leyes con efectos generales.
  5. Disposiciones transitorias: Incluyen una nueva integración de la SCJN mediante una elección extraordinaria en 2025, la armonización legislativa en 180 días, y la garantía de los derechos laborales de los trabajadores del Poder Judicial Federal, exceptuando a jueces, magistrados y ministros.

Para comprender la actual propuesta de reforma judicial, se subrayó la importancia de reconocer el contexto histórico. La Constitución de 1917, en su origen, no permitía la injerencia del Ejecutivo en la elección de jueces. Sin embargo, a lo largo de los años, diversas reformas entre 1917 y 1928, y más notablemente en 1934, bajo la presidencia de Cárdenas, alteraron esta dinámica al destituir a los jueces del país. Reformas posteriores, como las de 1994, buscaron otorgar mayor relevancia y legitimidad a la SCJN, dándole la capacidad de pronunciarse sobre derechos humanos y otros temas sociales, lo que incrementó su influencia en la vida pública.

La propuesta actual cita la experiencia boliviana como un ejemplo de reforma judicial, sin embargo, las personas juzgadoras bolivianas, así como expertos en la materia han declarado que la reforma ha sido poco exitosa. A pesar de que el voto es obligatorio en Bolivia, más del 60% del electorado anuló su voto en las elecciones de jueces, lo que causa que se cuestione la legitimidad de las personas juzgadoras. Asimismo, se reconoce que la reforma en Bolivia no logró resolver problemas persistentes como la corrupción, el influyentismo y otros desafíos que enfrenta su sistema de justicia.

Es importante que se reforme el sistema de justicia en su esencia, incluyendo la administración de justicia local en todos los niveles. Además, se debe considerar que la reforma, tal como está redactada, presenta riesgos que pueden no ser evidentes a simple vista, como la falta de experiencia y conocimientos técnicos que pueden derivarse de la elección mediante voto popular. Estos riesgos incluyen el despido masivo de jueces, retrasos en la impartición de justicia, y posibles violaciones a derechos humanos y tratados internacionales.

Finalmente, se hizo un llamado a los líderes políticos para que aseguren que la implementación de la reforma sea gradual y técnicamente sólida, evitando la politización de la justicia y protegiendo la independencia y el acceso a la justicia en México.

AMERICAN CHAMBER/MEXICO
Ciudad de México | 5 | agosto | 2024

Diálogos sobre la Reforma Judicial: El Sistema de Elección Popular de Personas Juzgadoras en Estados Unidos y Bolivia

Diálogos sobre la Reforma Judicial: El Sistema de Elección Popular de Personas Juzgadoras en Estados Unidos y Bolivia

En la sesión del Comité de Legalidad y Estado de Derecho de la Ciudad de México de AMERICAN CHAMBER/MEXICO, se analizaron los sistemas judiciales de Bolivia y Estados Unidos como referencia para la iniciativa de Reforma del Poder Judicial de México, que propone el voto popular para jueces y magistrados. Bernardo Wayar, Socio de Wayar & Von Borries Abogados, y Marco Molina, Socio de BakerHostetler, ofrecieron una visión detallada sobre la elección de jueces y magistrados en ambos países, destacando las fortalezas y retos que enfrenta cada sistema.

El Poder Judicial en Bolivia

Bernardo Wayar expuso que la reforma al Poder Judicial, implementada en 2011 en Bolivia, tenía como objetivo mejorar la legitimidad, reducir la corrupción y aumentar la eficiencia del sistema. Uno de los principales objetivos era permitir que la población tuviera un papel activo en la selección de sus jueces, buscando fortalecer la independencia del poder judicial. 

El proceso comienza con una convocatoria pública abierta a todos los bolivianos que cumplan con los requisitos de formación y experiencia profesional en leyes. La primera fase del proceso de preselección es llevada a cabo por comisiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, que evalúa los méritos de cada aspirante y realiza entrevistas públicas. Después, las comisiones envían a la Asamblea Legislativa el grupo de aspirantes que cumplen, a su parecer, los requisitos exigidos. Posteriormente, el Pleno de la Asamblea, mediante una mayoría de dos tercios, elige a los candidatos que serían sometidos al voto popular.

Las personas juzgadoras en Bolivia fueron elegidos por mayoría simple de votos, con algunos obteniendo solo el 5-7% de la lista nominal, lo que cuestionó su legitimidad. Los requisitos para ser electos incluían hablar al menos dos idiomas oficiales, lo que limitaba la participación de muchos candidatos. Aunque las campañas electorales estaban prohibidas, se permitió que los candidatos participarán en debates y tuvieran tiempo en radio y televisión. No obstante, muchos candidatos afines al gobierno solían acompañar a miembros del mismo en actos públicos y recibir financiamiento. 

La Asamblea Legislativa definía los criterios para la preselección de candidatos, los cuales cambiaban en cada periodo, generando incertidumbre en el proceso de preselección. La falta de consenso en la Asamblea resultó en la paralización de la preselección de candidatos y la extensión del mandato de los magistrados actuales para evitar un vacío de poder. Hasta el momento, la parálisis ha impedido la realización de la tercera elección popular de jueces y magistrados. 

Actualmente, el sistema de justicia boliviano sigue enfrentando problemas de legitimidad, corrupción y certeza jurídica, con influencias económicas y falta de experiencia entre los magistrados elegidos. En 2021, un grupo de expertos internacionales independientes recomendó respetar la independencia del sistema judicial y proporcionar recursos adecuados, señalando que la falta de seguridad jurídica impacta negativamente en las inversiones.

Sistema Judicial en Estados Unidos

Marco Molina explicó que a nivel federal, el sistema de elección de jueces está consagrado en la Constitución y requiere una mayoría de más del 75% para ser modificado. El presidente elige a los jueces de la Corte Suprema y otros tribunales federales, quienes deben ser confirmados por el Senado. Estos jueces tienen cargos vitalicios y solo pueden ser destituidos mediante un proceso de ‘impeachment’.

La mecánica de selección de jueces de la Corte Suprema a nivel estatal varía en todo el país. Las elecciones judiciales surgieron tras la guerra civil, cuando los estados buscaban mayor control sobre sus sistemas de justicia y querían resolver las preocupaciones sobre jueces designados que atendían los intereses de los gobernadores y legisladores. Actualmente, 21 estados seleccionan a los jueces de la Corte Suprema a través de elecciones populares, con 7 estados realizando elecciones partidistas y 14 elecciones no partidistas. 

Los estados que eligen jueces por voto popular han establecido mayores controles en las Cortes Supremas para corregir decisiones controvertidas o que requieren mayor especialización. En algunos estados, como Delaware, hay cortes especializadas donde los jueces no son elegidos por voto popular.

Las campañas de los jueces son similares a las de los candidatos políticos, es decir, se requiere la recaudación de fondos lo que plantea riesgos de falta de independencia. Otro desafío es que los jueces en campaña deben ser vocales sobre temas controvertidos sin conocer el fundamento jurídico de los casos, lo que les obliga a tomar posiciones previas. Además, los jueces en campaña deben dedicar tiempo a las campañas en lugar de a la impartición de justicia.

La discusión sobre la reforma del poder judicial en México, basada en los ejemplos de Bolivia y Estados Unidos, resalta las complejidades y desafíos de implementar un sistema de voto popular para jueces y magistrados. La experiencia y especialización de los jueces, así como la transparencia y efectividad del sistema judicial, son aspectos cruciales que deben considerarse en cualquier reforma.

AMERICAN CHAMBER/MEXICO
Ciudad de México | 17 |  julio | 2024