El Comité de Capital Humano y Asuntos Laborales llevó a cabo una sesión estratégica con la colaboración de The Boston Center con el propósito de compartir las mejores prácticas para prevenir y abordar la violencia laboral dentro de sus respectivas empresas.

Importancia del Convenio 190 de la OIT:

La necesidad de compartir estas mejores prácticas se fundamenta en el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la primera norma internacional de trabajo que aborda de forma inclusiva e integral la problemática de la violencia y el acoso laboral. Esta norma, jurídicamente vinculante, entró en vigor en México en 2023.

Puntos Cruciales del Convenio 190:

En la sesión, se destacaron cuatro puntos cruciales que las empresas deben cumplir para prevenir y proteger a los trabajadores:

  1. Política: Establecer políticas claras, transparentes, con alcance y aplicación conforme al Convenio 190.
  2. Prevención: Informar y capacitar sobre violencia y acoso para empoderar, detectar y prevenir conductas.
  3. Denuncias: Proporcionar canales adecuados y seguros para denuncias formales o informales.
  4. Protección: Tratar las denuncias con imparcialidad, neutralidad y confidencialidad.

Marco Legal Mexicano:

Se hizo hincapié en la incorporación de la fracción XXXI al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, que establece la obligación de implementar, en acuerdo con los trabajadores, un protocolo para prevenir la violencia y el acoso por razones de género y brindar atención a los mismos.

Repositorio de Mejores Prácticas de The Boston Center:

The Boston Center compartió con nosotros un repositorio de 21 puntos que se estructura en 4 pilares. Estos pilares son los componentes del marco ideal para prevenir y tomar acción ante la violencia laboral:

1. Prevención: 

  • Compromiso desde el más alto nivel con la cero tolerancia. 
  • Reforzar la cultura de respeto e inclusión.
  • Derechos y obligaciones.
  • Definiciones claras de las conductas clave a erradicar.
  • Actividades para implementar y difundir el protocolo.
  • Programas continuos para capacitar y sensibilizar al personal.
  • Actualizar el protocolo al menos cada dos años

2. Atención: 

  • Definición de canales garantes de confidencialidad y acciones razonables de atención inicial.
  • Medidas de protección en beneficio de la persona afectada que contengan temporalmente el conflicto.
  • Áreas de responsabilidad.
  • Contención emocional y/o atención médica.

3. Actuación:

  • Autoridad (comité) capacitado y facultado.
  • Procedimiento de atención al interior del centro de trabajo, compuesto de:
    • Integración.
    • Métodos alternativos o Investigación.
    • Resolución y medidas transformativas/ restaurativas.

4. Restauración:

  • Seguimiento a la ejecución de medidas para las partes.
  • Responsabilidad, transparencia y rendición de cuentas.
  • Restauración de las relaciones entre las personas y del ambiente de trabajo.
  • Acciones de mejora continua (adiciones y cambios a la política o a la estrategia de prevención, etc.)

La implementación de este protocolo integral se presenta como una estrategia sólida para combatir la violencia laboral, asegurando entornos laborales seguros, justos y respetuosos. Este modelo, respaldado por la comprensión del Convenio 190 y su integración en el marco legal mexicano, se alinea con los estándares internacionales y promueve la construcción de ambientes laborales positivos.

AMERICAN CHAMBER/MEXICO
Ciudad de México | 12 | 03 | 2024