Nuevas Directrices Fiscales de EE. UU. y su Alcance en la Industria Maquiladora Mexicana

Nuevas Directrices Fiscales de EE. UU. y su Alcance en la Industria Maquiladora Mexicana

La sesión del Comité de Asuntos Fiscales de AMERICAN CHAMBER OF COMMERCE OF MEXICO, Capítulo Noreste, reunió a especialistas para analizar uno de los temas más sensibles en el contexto de la nueva administración estadounidense: la propuesta fiscal One Big Beautiful Bill (OBBB) y su potencial para redefinir la competitividad del régimen de maquila, la configuración de inversiones norteamericanas y la estabilidad de las cadenas de suministro que operan desde México. 

La discusión se abordó desde una perspectiva técnica, geopolítica y operativa, evaluando no solo los lineamientos normativos de la reforma, sino también sus implicaciones reales sobre la arquitectura productiva binacional. A partir del análisis se destacó que el OBBB representa un esfuerzo de Estados Unidos por redirigir capital, manufactura y valor agregado hacia su territorio.

En este sentido, el mecanismo Qualified Small Business Stock (QSBS) juega un rol clave, ya que otorga amplias exenciones fiscales a inversionistas que mantengan su capital dentro del país. Un incentivo poderoso que podría reconfigurar decisiones de inversión y modificar la lógica con la cual se han estructurado, históricamente, las operaciones de manufactura en México.

La reforma también retoma elementos de la legislación fiscal de 2017, particularmente del  Global Intangible Low-Taxed Income (GILTI) y del Foreign-Derived Deduction Eligible Income (FDDEI), con ajustes que endurecen la carga fiscal para operaciones fuera de Estados Unidos. Mientras FDDEI premia la exportación desde territorio estadounidense, GILTI limita deducciones y beneficios previamente autorizados para activos depreciables fuera de su frontera. 

El mensaje es directo: Estados Unidos busca fortalecer su autosuficiencia industrial y reducir la dependencia de operaciones productivas en el extranjero, incluso cuando estas formen parte de cadenas de suministro integradas bajo el T-MEC.

Este entorno se entrelaza con otros elementos geopolíticos: presiones migratorias, posibles nuevos aranceles vinculados a criterios de seguridad nacional y un ambiente político bilateral en transformación. Todo ello incrementa la incertidumbre sobre sectores clave de producción, logística y proveeduría.

En el caso del régimen de maquila, el análisis se centró en su fragilidad estructural ante estas presiones. A pesar de más de cuatro décadas como motor de inversión extranjera y generación de empleo, el modelo mantiene restricciones que hoy limitan su competitividad: 

  • La obligación de retornar productos al extranjero
  • Prohibición de actividades de distribución
  • Uso forozo de maquinaria propiedad del principal extranjero
  • Una base gravable determinada por Safe Harbor, cada vez menos alienada con la sofisticación global

Ante cambios potenciales como los que plantea el OBBB, el régimen IMMEX enfrenta la urgencia de flexibilizarse para seguir siendo atractivo frente a jurisdicciones que compiten activamente por manufactura avanzada.

Los escenarios para empresas con operaciones en México van desde optimizar activos para mantener el esquema hasta transitar hacia modelos híbridos o reconfigurar estructuras corporativas fuera de la maquila. Cada alternativa implica costos, riesgos y ajustes operativos relevantes. Incluso el crecimiento, como aumentar líneas de producción, puede elevar automáticamente la base gravable, presionando el flujo de efectivo y obligando a las organizaciones a evaluar con precisión la viabilidad de expandir capacidades bajo el marco actual.

Pese a todo, México conserva una posición estratégica privilegiada dentro de la integración industrial de Norteamérica. El talento, la cercanía geográfica, la base productiva del noreste y el T-MEC continúan siendo grandes atractivos para las inversiones. 

Sin embargo, el camino no es lineal. Limitaciones en infraestructura energética, desafíos de seguridad pública, mayor fiscalización, la posible cancelación de programas IMMEX y CIVA y el endurecimiento de reglas de origen representan factores que podrían afectar la competitividad lograda en las últimas décadas.

La OBBB plantea un rediseño profundo de la relación fiscal entre México y Estados Unidos. Aunque su objetivo es repatriar inversión, también abre una ventana de oportunidad para México si logra adaptarse, fortalecer su marco regulatorio y posicionarse como un socio estratégico indispensable en la nueva etapa industrial de la región. La clave estará en acelerar la certidumbre, mejorar las condiciones operativas, reforzar la infraestructura y garantizar un nivel de cumplimiento capaz de sostener la confianza de los inversionistas.

El reto no radica únicamente en comprender los alcances técnicos de la reforma, sino en anticipar sus efectos sistémicos. La convergencia entre política fiscal, comercio exterior y estrategia industrial definirá si México consolida su posición en la competitividad norteamericana o si el capital se redistribuye hacia otros destinos. 

La manera en que ambos países gestionen esta transición determinará la estabilidad de las cadenas productivas, la profundidad de la integración económica y la capacidad regional de mantener un modelo de producción que ha sido, por décadas, uno de los pilares de la relación bilateral.

AMERICAN CHAMBER/MEXICO
Monterrey | 5 | Diciembre | 2025

Nueva regulación y obligados en materia de controles volumétricos: el impacto que sufre la industria de manufactura

Nueva regulación y obligados en materia de controles volumétricos: el impacto que sufre la industria de manufactura

A partir de la Resolución Miscelánea Fiscal 2025, se ha introducido un cambio importante en cuanto a la obligación de implementar controles volumétricos en diversas industrias de México.

A partir del 1 de enero de 2025, las empresas estarán obligadas a cumplir con los controles volumétricos, conforme a lo estipulado en la Resolución Miscelánea Fiscal. Estos controles tienen como objetivo monitorear el uso y distribución de productos energéticos, como los derivados del petróleo y el gas natural, dentro de México.

¿Quiénes deben cumplir con los controles volumétricos?

De acuerdo con la Resolución Miscelánea Fiscal 2025, las siguientes entidades están obligadas a cumplir con los controles volumétricos:

  1. Aquellos que manejen un volumen mensual igual o mayor a 75,714 litros de productos petroleros al año y no cuenten con un permiso emitido por la Secretaría de Energía (SENER) o la Comisión Reguladora de Energía (CRE).
  2. Entidades que tengan instalaciones fijas para la recepción de gas natural para autoconsumo con un consumo anual superior a 5,000 gigajoules.
  3. Aquellos que cuenten con un permiso de la CRE o un permiso de importación emitido por la SENER.

Alcance de la Norma

La naturaleza de esta norma abarca a diversas industrias en México, ya que establece una serie de obligaciones que deben cumplir las empresas en diferentes sectores. Existen anexos específicos, como el Anexo 30, 31 y 32, que detallan las características necesarias para implementar los controles volumétricos, los equipos requeridos y los programas informáticos que deben ser adquiridos e instalados a cargo del contribuyente.

Requisitos Específicos

La normativa establece obligaciones de reporte en diversos plazos:

  • Reportes diarios sobre el volumen manejado.
  • Reportes mensuales detallando las actividades realizadas.
  • Reportes trimestrales que deben ser entregados a través de una plataforma específica.

Además, se cuenta con una unidad de verificación encargada de supervisar el cumplimiento de estas obligaciones. Esta unidad tiene la responsabilidad de garantizar que las empresas estén cumpliendo adecuadamente con los controles volumétricos establecidos por la ley.

Sanciones por Incumplimiento

El incumplimiento de la normativa puede dar lugar a sanciones de distinta índole:

  1. Sanciones Administrativas: Multas que pueden variar desde $39,000 hasta $5,600,000 pesos.
  2. Sanciones Fiscales: Multas adicionales, determinación presuntiva de ingresos, y en casos más graves, penas de prisión preventiva de 3 a 8 años. También se pueden aplicar sanciones como la suspensión o cancelación del Padrón de Importadores y la restricción o cancelación de sellos.

Siguientes Pasos para las Empresas

Para cumplir con esta nueva regulación, las empresas deben seguir una serie de pasos clave:

  1. Determinar si esta modificación afecta a su negocio.
  2. Evaluar los posibles impactos y riesgos que pueda generar esta nueva obligación.
  3. Analizar la posibilidad de ajustar los procesos internos para cumplir con la normativa.

Elaborar un plan de acción con enfoque jurídico, en caso de ser requerido.

AMERICAN CHAMBER/MEXICO
Monterrey | 29 |enero | 2025